Impuestos Q & A

A continuación se muestra el comienzo de una recopilación de respuestas a las preguntas que los titulares de dinares en las áreas de implicaciones fiscales, donaciones caritativas, empresas, fideicomisos, varios tipos de inversiones y más.

Estas respuestas vienen de los grupos de abogados fiscales, auditores fiscales, financieros y / asesores de inversiones que se han unido con, muchos de los que dispongan de dinares sí mismos.

Esta página se actualizará a medida que me proporcione la información.

La primera pregunta y respuesta, que pertenezcan al ámbito de los impuestos, viene de un abogado de impuestos ubicada en la sede de la IRS en Washington DC, que consultó la Asociación Nacional de Contribuyentes, en nombre de un inversor dinar compañeros.

IMPUESTOS

PREGUNTA:

Mi cliente compró moneda extranjera (dinares iraquíes). Existe la posibilidad de que muy pronto, el valor se incrementa considerablemente. Si es así, quiero entender las implicaciones fiscales cuando les cobra de nuevo en USD. Él me está preguntando si hay una manera que pueda informar sobre ellos en el IRC 1256 para aprovechar los ahorros utilizando la regla de 60/40?

RESPUESTA:

La conversión de moneda extranjera a dólares de los EE.UU. están sujetos a lo dispuesto en moneda extranjera bajo la § 988. Pérdidas y ganancias derivadas de la conversión es generalmente tratada como ganancia o pérdida ordinaria. El individuo no es la negociación de contratos en moneda extranjera, y la elección final de año-a-mercado de provisión de marca de cada año. IRC 1256 podría ser aplicada si la negociación de contratos en moneda extranjera frente a un cambio de divisa.

En este resumen sólo será aplicable a los hechos presentados en el momento y no se puede utilizar como un precedente para ningún cargo para el que los hechos pueden variar.


DONAR Dinar


ASUMIR Gain Capital TRATAMIENTO DE LA PROPIEDAD DEL IRS:

Capital a corto plazo ganancia de propiedad: La deducción de contribución permitido para los regalos de caridad de apreciar las ganancias de capital de propiedad plazo corto (es decir, bienes de capital el contribuyente ha mantenido durante 12 meses o menos) se limita a los contribuyentes base en la propiedad (la base es igual al precio de compra del activo) [IRC Sec. 170 (e) (1) (A)]. Esta regla se aplica independientemente del tipo de caridad a las que se ha contribuido

Long-Term Capital ganancia de propiedad: La deducción de contribución permitido para los regalos de las ganancias de capital a largo plazo de propiedad apreciada (acciones, fondos mutuos de acciones, bienes raíces, etc) a obras de caridad (que no sea a ciertas fundaciones privadas) (plazo de ganancias de capital de largo propiedad es la propiedad permanecido durante más de un año) es el valor justo de mercado.
Así que si usted dona dinar , antes o después de RV, que han llevado a cabo durante 12 meses o menos, la deducción es lo que usted pagó por ella. Una vez que haya celebrado la forman más de un año, la deducción si el valor justo de mercado en el fecha de la donación.

ENTIDADES DE NEGOCIO:
El subcapítulo corporaciones S y plurinominales LLC son "flujo a través de entidades". Esto significa que los ingresos de la entidad fluye a través de las declaraciones de impuestos personales de los de los accionistas o socios, respectivamente. En otras palabras, estas entidades sí no pagan impuestos . Una ganancia de capital, por ejemplo, el flujo a través de la corporación "S" o LLC para el accionista o miembros de la declaración de la renta personal.

Existen normas específicas sobre el tratamiento de las contribuciones caritativas de la propiedad apreciar desde las asociaciones (que es como plurinominales LLC se gravan) y S corporaciones que afectan a los miembros o la base de los accionistas en la entidad.

Un solo miembro LLC es una entidad cuenta (a menos que opte por ser gravada como una corporación "S" a efectos fiscales) y su actividad se informó sobre la declaración de la renta personal.

En general, los bienes transferidos a una corporación o durante la incorporación a una asociación mantiene el período misma explotación en manos del accionista o socio que contribuye y la base es la misma que estaba en manos del socio colaborador y / o accionistas. Ninguna ganancia se reconoce en la transferencia.

Sin embargo, esto no se aplica a una asociación que es una sociedad de inversión (más del 80% de los activos son inversiones de tipo de cartera-). Con una asociación sociedades de inversión, la ganancia o pérdida, en su caso, se reconoce en el momento de la contribución de la propiedad a la asociación.

Usted podría deducir en una entidad comercial los gastos de negocios ordinarios y necesarios relacionados con su inversión en dinares que de otro modo no podría ser capaz de deducir. Por último, puede ser válida y convincente razones legales para mantener los activos en esa entidad, pero no estoy cualificado para hacer comentarios sobre lo que esas razones podría ser.

Una "C Corporation" no sería buena opción para mantener activos apreciado por las ganancias de capital se gravan a las tarifas regulares de la empresa. Por otra parte, el efectivo retirado en forma de dividendos tras la venta de los activos aprecia entonces también pueden someterse a imposición en accionista de personal de declaración del impuesto sobre la.
La elección de la entidad empresarial apropiada es muy importante y usted debe consultar tanto a los fiscales y los profesionales del derecho al tomar la decisión.

MITIGACIÓN DE IMPUESTOS

Hay inversiones disponibles sólo para inversionistas acreditados y técnicas avanzadas de planificación fiscal y las estrategias que se pueden utilizar para reducir la presión fiscal. Estos se pueden abordar mejor en forma individual y debe ser integrado con su financiera global y el plan de sucesión.

DESCARGO DE RESPONSABILIDAD

Si bien los autores han utilizado sus mejores esfuerzos en la preparación de la información anterior, que no hacen ninguna representación o garantía con respecto a su exactitud o la exhaustividad y niega cualquier garantía implícita de comerciabilidad o idoneidad para un propósito en particular. Ninguna garantía puede ser creado o ampliado por los autores. Los consejos y las estrategias contenidas en este documento puede no ser adecuado para su situación particular. Debe realizar su propia investigación con las autoridades fiscales pertinentes para abordar situaciones específicas. Los autores no se hace responsable de cualquier pérdida de beneficios o cualquier otro daño comercial, incluyendo pero no limitado a, incidentales, consecuentes u otros daños especiales.

Los autores no tienen responsabilidad alguna a cualquier persona o entidad con respecto a cualquier pérdida o daño causado o presuntamente causado de manera directa o indirecta, por la información contenida anteriormente. Los lectores quedan advertidos de que esta información no tiene como objetivo proporcionar fiscal, asesoramiento jurídico o contable. Si dichos servicios son necesarios los lectores se les recomienda buscar la ayuda de profesionales competentes. Ninguna seguridad es de los autores o los altavoces que la materia contenida en este documento es completa, fidedigna o todos los servicios incluidos.
Las interpretaciones de Impuestos Internos y el Departamento del Tesoro de las publicaciones están sujetas a diversas conclusiones y los resultados pueden ser diferentes cuando los hechos se aplican a los contribuyentes individuales o situaciones. En consecuencia, el consejo profesional y la referencia a la legislación aplicable debe ser obtenido para casos específicos. Ninguna seguridad es dado por los autores que la materia contenida en este documento es completa, fidedigna o todo incluido. Por lo tanto la información presentada debe ser invocado sólo como una fuente de referencia adicional, y la investigación independiente con la ley de autoridad es necesario para situaciones específicas.
Circular 230 del IRS Aviso: Ningún asesoramiento fiscal EE.UU. incluidas en esta comunicación escrita o electrónica no estaba previsto o por escrito para ser utilizado,
y no puede ser utilizado por el contribuyente, con el fin de evitar las posibles sanciones que puedan imponerse en virtud del Código de Rentas Internas
o estatales o locales las disposiciones fiscales.
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